Sistema de retribución variable en perjuicio de personas trabajadoras con reducción de jornadaEn su sentencia de fecha 24 de abril de 2026 el Tribunal Supremo declara la nulidad parcial de un sistema de retribución variable aplicado a pilotos de una compañía aérea previsto en convenio colectivo, al considerar que discriminaba indirectamente a las personas trabajadoras con reducción de jornada, cuyo acceso al cobro de determinados incentivos salariales dependía de alcanzar un número mínimo de horas de vuelo, sin adaptar dichos umbrales a las situaciones de reducción de jornada.
La conclusión del Alto Tribunal es que exigir las mismas horas de vuelo a personal con jornada reducida y a personal a tiempo completo supone tratar igual situaciones desiguales y generar un efecto claramente perjudicial para quienes ejercen derechos de conciliación familiar, en especial respecto de determinados tramos variables que resultaban inalcanzables para quienes reducían su jornada, llegando incluso a impedir el percibo de cualquier cantidad variable. Tal configuración vulnera el principio de igualdad y constituye una discriminación indirecta al afectar principalmente a personas trabajadoras que ejercen derechos vinculados al cuidado familiar, y la proporcionalidad exigida en las horas necesarias para acceder a la retribución variable debe trasladarse también al abono del correlativo incentivo económico, permitiendo de ese modo adaptar los incentivos al porcentaje de reducción de jornada.
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